Hace pocos días Xabadu inauguró CLH Express, una nueva sección que pretende responder de forma efectiva vuestras solicitudes, porque no podemos negarlo, nuestro buzón oficial de peticiones está que explota, día a día recibimos muchos correos y ya es hora de retribuir el cariño a todos aquellos que forman parte de esta comunidad.
Hoy tengo el agrado de publicar un tutorial solicitado hace casi un mes, por Elizabeth (omitiré mas datos para mantener confidencialidad): Cómo realizar una posesión efectiva, un trámite dirigido a herederos (de bienes, derechos y obligaciones) que acrediten el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida, cuando ésta no ha dejado un testamento, no importando la antigüedad de la fecha del fallecimiento.
Continúa leyendo este tutorial luego del salto….
En vista de que la solicitante de este tutorial es chilena, a continuación les presentaremos cómo realizar este trámite en este país.
Si bien el procedimiento es bastante sencillo, muchas personas se demoran mucho tiempo en realizar este trámite, exponiéndose a: Perder los bienes o reclamarlos cuando estos han perdido su valor o inclusive a que sean usados por quien no corresponde, reclamando propiedad al cabo de un tiempo. Por lo tanto, les recomendamos que no dilaten esta tarea y la hagan a la brevedad posible.
Les recordamos que si la persona fallecida (causante) dejó un testamento en el que dispone cómo serán repartidos esos bienes, el trámite de Posesión Efectiva de la Herencia se hace ante un Tribunal con la asistencia de un abogado.
Si el causante no dejó testamento, su herencia se denomina Intestada y la tramitación de la Posesión Efectiva se hace ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (generalmente en muchos países opera de esta forma), y no es necesaria la intervención de un abogado (aunque nunca está demás asesorarse por un profesional).
Posteriormente, el Director Regional de quien dependa la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en donde se presentó la Solicitud resolverá mediante una Resolución Exenta que concede o rechaza la Posesión Efectiva, según si se ha cumplido o no con todos los requisitos establecidos. Si bien la Ley N° 19.903 no establece un plazo determinado, el Servicio resolverá las solicitudes en el menor tiempo posible… o en algunos casos, podrá tejer chalecos para toda su familia, leer varios libros y disfrutar de varios tutoriales en CLH.
El Registro Civil de Chile cuenta con una oficina virtual donde pueden hacer seguimiento y consultar por el estado de su solicitud.
En general no se requiere presentar otros documentos además del Formulario de Solicitud, sin embargo, hay casos excepcionales en donde sí deben acompañarse algunos antecedentes. Por ejemplo:
Solicitar la Posesión Efectiva no tiene costo, sin embargo dependiendo el valor de los bienes se pagan los siguientes aranceles:
Y con esto damos por terminado este nuevo tutorial, esperamos que Elizabeth pueda realizar sin problemas su posesión efectiva, así cómo también, todos aquellos que necesiten realizar este trámite.
Cualquier duda o comentario que puedan tener, los invitamos a dejarnos unas líneas en el área habilitada a continuación.
Muchas gracias por leer y será hasta una próxima oportunidad.
6:22:47 pm
Hola tengo una gran duda mi abuela dejo una propiedad intestada y fue soltera y murio 1997.tuvo 3 hijos dos fallecido y uno vivo el que esta vivo hizo la P.E de su madre (mi abuela) pero debo realizar ahora de mi padre que fallecio el 2007 pero la gran duda,el se caso el 2002 y sociedad conyugal , se que ella recibe como sociedad herencia de mi padre pero el punto es que necesito saber de la propiedad de mi abuela la herencia intestada ella recibe??? gracias
12:38:33 pm
me gustaria saber si es necesario poner todos los herederos ,para sacar posesion efectiva o solo vasta con algunos .
5:42:44 pm
como se podra realizar una posesión efectiva de un inmueble, si uno de los padres aun vive, que no tiene discernimiento debido a infartos cerebrales, y la menor de las hijas le dejan solo de palabra la casa, ya que los otros hermanos heredaron en vida del padre y con los papeles realizados un sitio cada uno.
ademas la casa no posee ningún papel que registra quien es el propetiario debido que antiguamente no se realizaban papeles.
4:03:14 pm
eramos una familia de cuatro hermanos, papa y mama, mi mama fallecio hace siete años el cuento es corto la familia se dividio mis tres hermanos y por otro lado yo y mi padre ,una de mis hermanas hizo la posicíon efectiva ahora llegan las contribucíones a nombre de ella que en la realidad jamas a pagado, la pregunta que quiero saber: que pasa con la herencia porque llegan las contribuciones a nombre de ella, mi papa puede hacer algo que pasa con la casa ella puede inscribir la propiedad como si fuera de ella y que documentos tendria que presentar para adueñarse de la casa muchas gracias
5:18:56 pm
Hola mi abuelo fallecio en el año 1997 el unico hijo del matrimonio era mo papá todabia nadie hace la posecion efectiva podremos nosotras como nietas hacerla a esta altura nececito una respuesta porfavor
1:40:22 pm
Hola, una propiedad con un valor de 8.000.000,., paga impuesto, resulta que se cobro como 70,000 pagado en el Registro Civil sin boleta ni otro comprobante, me quedo la dua…. gracias
9:37:06 am
q papeles tengo q llevar para hacer la posesion
9:40:15 am
q papeles tengo q llevar para hacer la posesion efectiva
11:36:31 pm
hola mi pregunta es la siguiente, la mama de mi marido dejo una casa y necesitaos saber que documentos tiene que hacer y donde tienen que hacerlo. para poder vender ellos son dos hermanos
8:06:29 pm
Mi papá falleció hace 14 años. Somos 4 hermanos y mi mamá aún vive. ¿Puede ella hacer testamento para dejar su parte a una hermano nuestro? ¿Qué pasaría con la parte de mi papá?